El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Risaralda admitió la demanda de tutela en contra del plebiscito. La determinación del juez también involucra al presidente Juan Manuel Santos, al presidente del Consejo Nacional Electoral y al Registrador Nacional.
El juez le dio la razón a varios ciudadanos, quienes protestaron por la ambigüedad en la pregunta y esperan que el próximo viernes ya exista una respuesta de fondo.
Los demandantes indicaron en su momento que este método de refrendación va en contra de los textos aprobados por la Corte Constitucional e insisten que la redacción de la pregunta no está acorde a la Sentencia C-379 de 2016, la cual establece los parámetros a los que debía sujetarse la redacción de la pregunta, advirtiendo que la misma no podía ser tendencia o que permitiera inducir a error al elector.
“No solo es la pregunta, también la impunidad porque aquí todos los que cometieron delitos atroces no van a apagar un solo día de cárcel y las fortunas de las Farc, así como el millón de hectáreas que dijo el Gobierno que serían entregadas a las víctimas de la guerra, no aparecen”, manifestó Durges Espinosa, diputado de Risaralda y uno de los accionantes.
“El hecho de que no se disponga de un periodo de inscripción de cédulas, vulnera el art. 40-2 de la Constitución política, toda vez que disponiéndose en esa norma el derecho de participar en plebiscitos y teniéndose antecedentes en que se demostró la viabilidad de inscripciones de cédula en tiempo cortos, se constituye esta medida en una restricción injustificada a los derechos de participación política”, afirman los accionantes de la tutela.